
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado las demandas contra la Unión Sindical Obrera , Securitas Seguridad España S.A. y otras organizaciones sindicales,presentada por los sindicatos Alternativa Sindical y C.S.I.F. en las que pedían la nulidad del E.R.T.E. aplicado recientemente en Securitas Seguridad España S.A.
Aunque desde la FTSP-USO Andalucía nunca seamos partidarios ni nos alegremos de la aplicación de estas medidas de regulación de empleo temporal, que en este caso tal y como reconoce la sentencia fueron negociadas legalmente y en los plazos establecidos por el sindicato U.S.O. y otras organizaciones sindicales y la empresa, tampoco entendemos que los sindicatos Alternativa Sindical y C.S.I.F. hayan crispado los ánimos, ya de por sí mermados por la situación actual, de los trabajadores de esta empresa dándoles falsas informaciones y criticando las negociaciones de este Expediente de Regulación de Empleo Temporal.
Alternativa Sindical que inicialmente solicitó en su demanda se dictara sentencia por la que
se declarase no ajustado a Derecho el Expediente de Regulación Temporal de Empleo
realizado por la mercantil demandada, revocando el mismo en todos sus efectos
condenando a dicha mercantil a estar y pasar por dicha declaración, finalmente este sindicato desistió de la demanda presentada frente a la Dirección General de Trabajo.
CSIF que se afirmó y ratificó en su demanda, solicitando que se
dicte sentencia por la que la que se declare: 1) Nulidad del Expediente de
Regulación Temporal de Empleo, reponiendo a los trabajadores en sus anteriores
condiciones de trabajo, abonándole las cantidades dejadas de percibir. 2) En caso
de entender la no nulidad del Expediente de Regulación Temporal de Empleo, se
declaren nulas las medidas integradas en el acuerdo y, en concreto: – Se declare
nula la medida por la cual “el defecto de jornada generado por el trabajador será
recuperable en los 12 meses siguientes” debiendo ser aplicable, en su lugar, lo
dispuesto en el Convenio Colectivo de aplicación, finalmente su denuncia fue desestimada.
Aquí podrás leer la sentencia completa:
