
En el desarrollo de la vida laboral la relación con las mutuas es inevitable. Precisamente por eso surgen asperezas con estas. El trabajador siempre puede reclamar las actuaciones negligentes cuando se produzcan. La FTSP USO-Andalucía te informa de cómo hacerlo.
Pero ¿qué es una mutua?
Una mutua es una asociación de empresarios sin ánimo de lucro que colabora con el sistema de Seguridad Social en la gestión de importantes prestaciones del sistema de Seguridad Social como son las contingencias profesionales, la incapacidad temporal o el cese de actividad de los trabajadores autónomos. Su historia se remonta a 1900, cuando nacieron para hacer frente a los accidentes de trabajo. Desde entonces, las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social han evolucionado e incrementado sus competencias.
Las empresas y autónomos tienen que cubrir con una mutua obligatoriamente la incapacidad temporal por contingencia común de sus trabajadores. Ahora bien, la cobertura de las contingencias profesionales con una Mutua es totalmente voluntaria, pudiendo optar por la protección de estas contingencias a través de una entidad gestora de la Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina) o de una Mutua. Independientemente de la opción realizada por el empresario, el contenido y alcance de la obligación de cotizar es exactamente el mismo.
Funciones
Las funciones de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se han ido enriqueciendo con el tiempo. Inicialmente se pasó de la gestión de las contingencias profesionales a la “colaboración” en la gestión de las contingencias comunes y posteriormente gestionaron las prestaciones de riesgo
durante el embarazo y la lactancia natural, así como la prestación económica destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra grave enfermedad.
Frente a este aumento de las funciones de las Mutuas, no se han tenido en cuenta la recurrente demanda sindical, de alcanzar niveles de codecisión, entre empresa y representantes de los trabajadores, a la hora de asociarse a una Mutua. Actualmente solo existe la necesidad de contar con la opinión de los representantes de los trabajadores de forma previa a la decisión empresarial de asociación, sin que sea vinculante.
Las Mutuas se financian a través de las cuotas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que recauda para ellas la Tesoreria General de la Seguridad Social, unido a un porcentaje de la cuota por contingencias comunes, contingencias profesionales y cese de actividad, por lo tanto, las personas trabajadoras, además de recibir asistencia médica de dichas Mutuas, contribuyen a financiarlas.
¿Cómo reclamar?
Cuando las actuaciones de las mutuas vayan en detrimento del restablecimiento de la salud de los trabajadores y trabajadoras, que es para lo que en un principio se crearon, tenemos que dejar constancia por escrito de estas situaciones.
Hay dos formas de realizar la reclamación ante la mutua:
1. Mediante hoja de reclamaciones que la mutua debe tener en todos sus centros a disposición de los interesados. Las mutuas enviarán las reclamaciones a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en un plazo máximo de 10 días.
2. Utilizar además la Oficina Virtual de Reclamaciones (OVR) a través de la web . Haciendo tu reclamación por esta vía, evitarás que se pierda o que se tramite a través de oficinas de consumo de los gobiernos territoriales y no llegue a conocimiento de la Seguridad Social.
Pincha enlace: https://www.ovrmatepss.es/virtual/
Las reclamaciones a través de la OVR llegan directamente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para ser posteriormente remitidas a la mutua correspondiente para que responda; para posteriormente seguir el camino opuesto y la Dirección general de Ordenación de la Seguridad Social facilite la respuesta al reclamante y todo ello en el plazo máximo de 20 días.
Las reclamaciones tienen que ir acompañadas por los documentos que se estime oportunos para respaldar nuestra reclamación. Es recomendable realizar exposiciones breves, claras y concisas y terminar con una pregunta concreta para evitar respuestas evasivas.
Dejar evidencia de las actuaciones susceptibles de atentar contra los derechos de los trabajadores y las trabajadoras es fundamental, con la finalidad de que los representantes de los trabajadores tengamos argumentos fundados en nuestros debates con las mutuas en las Comisión de Control y Seguimiento , así como con la administración correspondiente , a la hora de reivindicar la correcta actuación de las mutuas , ya que no tenemos que olvidar que las mutuas gestionan recursos públicos de las cuotas de la seguridad social que aportan tanto los empresarios como los trabajadores.
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