Los Permisos Individuales de Formación

La FTSP USO-A te informa:

El Permiso Individual de Formación (PIF), te permite, con la autorización de tu empresa, conciliar trabajo y estudios y dedicar parte de tu jornada laboral a realizar cualquier formación reconocida por una acreditación oficial, incluidas las correspondientes a certificados de profesionalidad o acceder a los procesos de reconocimiento de la experiencia laboral.

Tu empresa podrá bonificarse por el coste salarial de las horas que te ausentes (hasta 200 horas laborables por año natural o curso lectivo) para que puedas desarrollarte profesional y personalmente.

Este permiso podrá autorizarse también para el acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales e informales, previstos en el Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Lee esto atentamente:

  • ¿Cómo puedo solicitar un Permiso Individual de Formación?
  • Para poder solicitar un PIF debo ser un trabajador asalariado de una empresa o entidad pública, no incluida en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas, y cotizar a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • La formación a solicitar debe ser oficial, presencial y realizarla en horario laboral.
  • Cumplimentar la Solicitud a la empresa de la Solicitud a la empresa del Permiso Individual de Formación (Anexo I) en la que debo incluir la acción formativa a realizar, las horas laborables a solicitar, el centro de formación, el calendario y su distribución.
  • Una vez cumplimentado el Anexo I (enlace abajo), se deberá firmar y entregar a la empresa. La empresa podrá autorizarlo o denegarlo. La denegación de la autorización del permiso por parte de la empresa deberá estar motivada por razones organizativas o de producción, comunicándolo al trabajador.
  • Si tengo el permiso autorizado podré comenzar a disfrutar de un máximo de 200 horas laborales por curso académico o año natural, según el caso, para asistir a la formación.
  • ¿Qué documentos debo entregar a mi empresa?
  • Solicitud a la empresa del Permiso Individual de Formación (Anexo I, enlace abajo).
  • Matrícula oficial o inscripción en otras acreditaciones oficiales que se realicen.
  • En el caso de ser un Título Universitario Propio deberán tener la Resolución por Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad donde ha sido aprobado.
  • Horario de las clases.
  • ¿Qué tipo de formación NO puedo solicitar?
  • Toda aquella formación que no es presencial.
  • Aquellas que constituyan una formación obligatoria para el empresario (Cursos de reciclaje de prevención de riesgos laborales, renovaciones de CAP, reciclaje seguridad privada, equipos de trabajo, etc).
  • Toda aquella formación que no es oficial.
  • No podrán solicitarse permisos para concurrir a exámenes a los que los trabajadores puedan tener derecho.

Para mas información:

https://www.fundae.es/trabajadores/solicita-tiempo-a-tu-empresa-pif

https://ftspuso.es/biblioteca-esencial/?_gl=1*xty1j2*_ga*MjA4MTE2NzcyLjE3MDEyNTgzMDM.*_ga_R06K33J6HW*MTczNzk2ODQ3OC40My4xLjE3Mzc5NjkxMTEuMC4wLjA.

Anexo 1: https://www.fundae.es/docs/default-source/empresas/documentos/solicitud—empresa-del-permiso-individual-de-formacion.pdf?sfvrsn=698e4e60_2

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