Permisos retribuidos para votar en las elecciones autonómicas de Andalucía del 17 de mayo.

Desde FTSP Andalucía te recordamos cuáles son tus derechos laborales para poder ejercer el voto en las próximas elecciones autonómicas.

Permiso retribuido para acudir a votar

Si tu jornada laboral coincide con el horario de apertura de los colegios electorales (de 09:00 a 20:00), tienes derecho a un permiso retribuido cuya duración dependerá de la coincidencia de tu turno de trabajo

  • Menos de 2 horas → Sin permiso
  • Entre 2 y 4 horas → 2 horas de permiso
  • Entre 4 y 6 horas → 3 horas de permiso
  • 6 horas o más → 4 horas de permiso

Si eres miembro de una mesa electoral

Si has sido designado/a como miembro de una mesa electoral  , tienes derecho a:

  • Permiso retribuido durante toda la jornada laboral del día de la votación (si te corresponde trabajar).
  • Reducción de 5 horas en tu jornada laboral del día siguiente.
  • Si trabajas en turno de noche previo a la jornada electoral, la empresa deberá adaptar tu turno para garantizar el descanso.

Suplentes de mesa electoral

Si has sido nombrado/a suplente:

  • Debes acudir al acto de constitución de la mesa electoral.
  • Si finalmente no ocupas el cargo, deberás incorporarte a tu puesto de trabajo.
  • Dispondrás del tiempo indispensable para el desplazamiento.

Justificación del permiso

Es imprescindible solicitar un justificante a la Mesa Electoral para poder acreditar el derecho a cualquiera de estos permisos retribuidos.

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